"(...) Las bases de la ciudadanía, de las instituciones básicas y de los
acuerdos colectivos se están modificando a gran escala. El debate sobre
el papel del trabajo y de la protección social o de la renta básica
–RB-, sobre la correspondencia entre derechos y deberes, hay que
situarlo en ese contexto.
Inicialmente, hay dos opciones
extremas. Una, la tradición keynesiana y moderna, con la pretensión de
que el trabajo -como fuente de rentas y estatus- y el deber cívico,
continúen siendo las principales bases de la sociedad, exigiendo en esa
medida los correspondientes derechos para facilitar la ‘cohesión
social’.
La universalidad de los derechos sociales correspondía a una
sociedad de pleno empleo, cotizaciones sociales e integración
sociopolítica y nacional. La segunda opción, parte del papel poco
relevante del empleo, abandonando la ‘centralidad’ del empleo y el marco
global de la corresponsabilidad social.
En su forma extrema, señalan el
‘fin del trabajo’ y se desconsidera la problemática del trabajo y la
reproducción social con una nueva centralidad, una nueva ‘base’ en la
distribución –RB- o el consumo.
Ambas, además de economicistas,
son unilaterales, por su pretensión de universalidad, en unas
sociedades segmentadas y diversas; a mi parecer, hay que elaborar un
tercer enfoque, más multilateral. Existen profundas transformaciones de
la sociedad y del empleo y hay que definir mejor el papel y sentido del
trabajo y de los derechos sociales. Eso conlleva revisar las bases
constitutivas de la modernidad y de la desigualdad socioeconómica y
replantear el contrato social, con una nueva combinación de derechos y
deberes.
VAN PARIJS, inspirador de este modelo, propone, como
alternativa al trabajo, una RB como base de la libertad y la ciudadanía,
independientemente del resto de rentas y bienes y dejando en el ámbito
individual, la elección y el comportamiento en el resto de la
problemática económica y social.
El modelo de RB –individual, universal e
incondicional- de la Red Europea de la Renta Básica –BIEN- y sus
defensores en España, se presenta como opuesto al derecho al trabajo y a
los criterios de reciprocidad. Pone el énfasis en una incondicionalidad
total, en la defensa de unos derechos al margen de deberes, planteando
que, en los planos distributivos y éticos, esa filosofía y esa cultura
es superior a cualquier otra.
Considera que la oposición principal se da
entre las rentas salariales y la renta básica, es decir, entre la
población trabajadora y las personas desempleadas –o inactivas-; de ahí
su carácter más antagónico con los salarios –directos o indirectos- por
sus intereses contrapuestos en la distribución de la riqueza, y en la
culturas que conllevan ambas, la cultura del trabajo o la
‘distributiva’. Se ha modificado la clásica oposición capital-trabajo, o
la de minorías pudientes-mayorías desposeídas.
El problema es
que con la RB, en el umbral de la pobreza, no se consigue el objetivo
proclamado de la libertad para vivir sin empleo, y que una mayoría
seguiría viéndose forzada a emplearse.
Pero, ese modelo no aborda el
problema de las formas y características del acceso de la población al
conjunto de las rentas, a su producción y distribución equitativa, y
deja en manos de cada individuo, la elección de su preferencia, en
materia de empleo y del resto de rentas, al margen de las
constricciones, necesidades y compromisos colectivos.
Por otra
parte, es preciso establecer el alcance de esa oposición y en qué plano
se establece. El propio VAN PARIJS admite que la reciprocidad debe
funcionar después del reconocimiento y distribución de la RB. Otros
autores también reconocen la complementariedad del empleo, pero a
posteriori.
Según ellos, es fundamental la incondicionalidad de la RB,
la ausencia total de reciprocidad, y una vez aplicada es cuando se
desarrollaría mejor la reciprocidad y la generación de empleo. Primero,
presentan a esa RB como una ‘base’ distributiva, ética y constitutiva de
la sociedad, en oposición radical a la reciprocidad y al trabajo.
Segundo, sólo a partir de esa distribución inicial, de esa función
básica, justifican el mantenimiento y la complementariedad de esos
mecanismos institucionales basados en los demás contratos –laborales,
mercantiles, de propiedad-.
La oposición se plantea en términos radicales en cuanto a ser la
‘base’ inicial, el punto de partida, en el plano material –rentas- y
ético. Pero, en el segundo paso, aparece la incorporación complementaria
y subordinada a esa base inicial, tanto del papel del empleo como de la
cultura de la reciprocidad. Con lo primero destacan el carácter
alternativo y superior de sus principios, con lo segundo, su ambigüedad
práctica.
Para garantizar el primer paso –la RB- se utiliza el Estado
como garantía distributiva pero, a pesar de la complejidad y las
mediaciones sociales, para el resto de problemas económicos y
distributivos, no hay instituciones ni acuerdos sociales ni normas
morales para regular la acción y las responsabilidades colectivas, sino
elección racional de los individuos.
Por mi parte, considero que
esa oposición entre trabajo y RB (incondicional y universal) está mal
planteada y expresada en forma sesgada. Hay elementos contradictorios
entre derecho y reparto del trabajo y renta básica -derechos sociales-;
pero, ambos pueden ser complementarios, no alternativos.
La oposición
total se establece entre aquellos que consideran que sólo hay un
elemento -el trabajo o la RB- exclusivo y central, en la sociedad o el
individuo, tanto en la vertiente material como ética.
Ambas posiciones
suelen estar condicionadas por un pensamiento ilustrado fundamentalista,
de buscar una única base o razón explicativa de la sociedad.
Igualmente, en el plano de la cultura, de la filosofía social y de la
educación cívica se debe superar esa dicotomía, de sólo deber –de
trabajar- o sólo derecho –a disfrutar sin trabajar.
La
alternativa no está en situar al empleo o a los deberes por encima de
los derechos universales, ni tampoco en la defensa unilateral de los
derechos; está en la negociación y el establecimiento colectivo de unos
nuevos acuerdos y reequilibrios entre derechos y deberes, con unos
criterios igualitarios y solidarios.
Así, se puede recoger la tradición
universalista de los derechos individuales y colectivos, enmarcarla en
una perspectiva social y contractualista, reconocer la vinculación
social y englobar esa forma distributiva en el marco de un conflicto,
más global, de la creación y reparto de la riqueza. (...)
En definitiva, hay que superar la dicotomía y la oposición esencialista
de ambos elementos; superar la unilateralidad de la fundamentación en el
‘deber de trabajar’, sin apenas derechos, o en el derecho a una RB,
universal e incondicional, al margen de los deberes negociados
individual y colectivamente.
La solución no está ni en una ni en otra y
su confrontación, bajo esos esquemas, no aporta una buena solución para
la renovación del pensamiento progresista. Se trata de defender el
derecho al trabajo “y” a una renta social –a la protección social
plena-, y conseguir un nuevo equilibrio de derechos y deberes, adecuado a
las nuevas condiciones y necesidades sociales.
Y dada la importancia de
la individualización se requiere una nueva acción cultural para
conformar una conciencia social más solidaria y facilitar la
participación y la voluntariedad. En un plano más general, garantizar la
libertad y la igualdad, reformular las bases y acuerdos e instituciones
constitutivos de la sociedad y, en un plano teórico, renovar un
pensamiento más crítico con respecto a las diferentes tradiciones. (...)
Es necesario un enfoque social frente al individualismo abstracto.
Mi crítica a la primera característica fundamental –la universalidad- es
que parte del sujeto abstracto, en vez del individuo concreto y de la
sociedad segmentada. Con respecto a la segunda, con el énfasis en la
incondicionalidad total, critico su individualismo.
El individualismo
abstracto es la base filosófica en que se basa ese modelo de RB, que
defiende una distribución ex-ante, al margen de las condiciones,
recursos y necesidades de los individuos. Contempla el sujeto abstracto,
al que el Estado debe aportar una ‘base para su libertad’,
desconsiderando las relaciones materiales, socioeconómicas e
institucionales, que tienen ya los individuos concretos, y que histórica
y socialmente han constituido sus bases de sociabilidad y de libertad.
Por ello, esa distribución universal puede ser apoyada por ricos y
pobres, por gente neoliberal, republicana o marxista; es decir, es
‘neutral’ para el objetivo de la igualdad. La alternativa es tener un
punto de partida realista -las necesidades de los individuos concretos
en una sociedad segmentada y desigual- para ejercer una redistribución
progresiva como garantía de acceso, de todos y todas, a la ciudadanía.
En definitiva, el énfasis en la universalidad y la incondicionalidad
‘totales’ del modelo puro de la RB y su doctrina justificativa no
facilitan un proyecto de reforma social y de avance hacia una sociedad
de bienestar, y no recogen el sentido social de la redistribución de una
renta pública y de la protección social.
Así, en el plano práctico, las
características puras y la aplicación estricta de ese modelo, no
afrontan el conflicto de intereses sociales en una sociedad segmentada, y
es compatible con reformas fiscales regresivas y con el
desmantelamiento del Estado de bienestar. En el plano cultural, puede
tener efectos perversos al tender a diluir los valores igualitarios que
quedan entre las clases populares y la cultura solidaria de sectores
juveniles.
Supone una adaptación a las tendencias ‘individualistas’
dominantes y la ausencia de una tensión crítica para fortalecer los
vínculos solidarios y la participación en la vida pública. Sólo en la
medida que ese discurso pasa a un segundo plano y se sustituye por otra
orientación, más igualitaria y solidaria, pueden contribuir a la
educación cultural y la reforma social.
Así es el caso de la combinación
de ese modelo con propuestas de reforma fiscal o distributiva de
carácter progresivo. Esta parte es positiva y contrarresta la ambigüedad
social del núcleo duro del modelo que, a pesar de ello, sigue siendo
problemático.
Por tanto, en la medida que sus partidarios
relevantes resaltan el alto valor cultural y ético de esos principios
–universalidad, incondicionalidad- tiene importancia discutir esa
filosofía subyacente, que denota también una visión antropológica
optimista que infravalora la importancia de los problemas y dificultades
de la sociabilidad.
En mi caso, parto de una filosofía realista,
concepto amplio, pero en oposición al idealismo y el formalismo más
abstractos, alejada de una posición holista, y desde la consideración
del doble componente, individual y social, de la persona." (Antonio Antón , Rebelión, 25/11/15)
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