27/5/15

Renta mínima, renta básica y trabajo garantizado, ¿son compatibles?

"(...) En España la renta mínima es una pequeña parte del total del sistema de garantía de ingresos, en el cual se incluirían las prestaciones por desempleo y otro tipo de subsidios. Algunos de los colectivos más importantes que son potenciales beneficiarios de este sistema son los extranjeros y las mujeres.

Podemos afirmar que el sistema de rentas mínimas en el estado español es complejo y fragmentado, en la medida en que su gestión depende de las diecisiete Comunidades Autónomas. Algunas características que pueden aplicarse al mismo son su arbitrariedad, la gran carga de gestión que implica o una cobertura defectuosa que es el resultado de la imposición de una serie de requisitos de difícil cumplimiento.

Existe desde luego un amplio margen de mejora que se concreta en los siguientes puntos:
  • garantizar el derecho con independencia de la comunidad autónoma de residencia
  • las rentas mínimas deberían responder al coste de la vida en cada lugar
  • es necesario homogeneizar criterios, simplificar y racionalizar
  • asimismo, se hace necesario un acompañamiento al margen de la transferencia de renta y una vinculación con otras estrategias de lucha contra la pobreza. En este sentido, más allá de vincular la percepción de los ingresos a la búsqueda de empleo es precisa una mirada más integral.
Juan Gimeno, ponente que defendió el establecimiento de una renta básica de ciudadanía, manifestó que se trata de un ingreso incondicionado que corresponde a cada ciudadano o ciudadana por el mero hecho de serlo y que iría destinado a satisfacer las necesidades básicas con independencia del acceso a un trabajo remunerado.

La renta básica vendría a solventar algunos de los problemas que plantea la aplicación de las rentas mínimas. Así, las rentas mínimas dejan fuera de su cobertura a menores (pobreza infantil), parados de larga duración y amas de casa, un problema que se resolvería gracias al carácter universal de la renta básica, la cual contaría además con la ventaja de unos mínimos costes burocráticos.

La renta mínima desincentiva el empleo en la medida en que la obtención del mismo supone la pérdida del derecho a cobrar la prestación, algo que no sucede en la renta básica al ser ésta un ingreso incondicionado.

Finalmente, la renta básica tiene la ventaja de la coherencia general frente a la fragmentación, y actúa como colchón estabilizador en los ciclos económicos.

La renta básica se garantizaría a todo ciudadano o ciudadana residente. La cuantía del ingreso sería un porcentaje del total en el caso de los menores, si bien hay autores que plantean que el límite se establezca en la edad de emancipación fiscal.

Este ingreso tiene la característica de que las prestaciones inferiores quedarían integradas en el mismo, mientras que si se tiene derecho a una prestación mayor se seguiría cobrando la diferencia.
La propuesta que se sostiene en este caso es la de la aplicación universal previa de la renta básica y su recuperación parcial vía IRPF en función del nivel de rentas.

La aplicación de la renta básica se podría financiar atendiendo, por un lado, al ahorro que supondría por sí misma la eliminación de las prestaciones y deducciones absorbidas, y por otro lado acometiendo una serie de medidas que redundaran en un incremento de la recaudación impositiva mediante la persecución del fraude fiscal y el establecimiento de un sistema tributario más justo.

Por su parte, Eduardo Garzón explicó el Programa de Trabajo Garantizado. La aplicación de este programa se basa en la premisa de que el sector público tiene la obligación de garantizar el empleo a aquellas personas que quieren trabajar pero no pueden encontrar trabajo ni en el sector privado ni en el sector público convencional.

Una de las ventajas que supone la aplicación de un programa de trabajo garantizado es que, en última instancia, implicaría un ahorro al reducir el gasto en prestaciones por desempleo, en el desarrollo de programas de inserción en el mercado laboral, e incluso en el sistema penitenciario al asegurar el acceso a una fuente de ingresos.

El trabajo garantizado sustituye el principio de creación de puestos de trabajo en base a la rentabilidad económica por la rentabilidad social y ecológica. Tiene en cuenta la circunstancia de que existen personas con una preparación adecuada que quieren trabajar y al mismo tiempo un conjunto de necesidades insatisfechas en sectores donde el beneficio monetario es menor o no existe, como pueden ser el sector de los cuidados o el sostenimiento de un medio ambiente adecuado.

El programa de trabajo garantizado implicaría la garantía de un salario mínimo. Supondría por otra parte un beneficio en término de cotizaciones sociales y recaudación, todo lo cual le daría un carácter amortiguador en los ciclos económicos.

El estado sería el encargado de financiarlo, si bien serían los municipios junto a la sociedad civil quienes tendrían la facultad de identificar las necesidades a cubrir y determinarían dónde deben crearse los puestos de trabajo.

Se propone una aplicación progresiva de un programa de estas características, observando las repercusiones del mismo sobre el sector privado."              (Juan Luis del Pozo, Attac España, 18/05/2015)

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