9/9/15

Eduardo Garzón: Renta Básica Universal de 650 euros. Una medida con importantes inconvenientes

"Las críticas que suele recibir la Renta Básica (RB) –tanto desde la izquierda como de la derecha– suelen poner el foco en el ámbito financiero (no es posible o tiene muchos inconvenientes financiar un ingreso monetario para todo ciudadano y ciudadana) y en el ético (no es justo que alguien que no trabaje reciba una renta que al fin y al cabo proviene de alguien que sí trabaja). 

Sin embargo, muy pocas críticas se han centrado en los desequilibrios económicos que seguramente generaría la implementación de una RB en cualquier economía de orden capitalista. 

Es en esta última cuestión sobre la que girará el presente artículo, más que nada porque se parte de la consideración de que las críticas de carácter financiero no tienen ningún sustento científico y las de tipo ético carecen de sentido cuando uno constata que si la gente no trabaja es fundamentalmente porque no puede, no porque no quiera hacerlo.

Los defensores de la RB normalmente destacan dos grandes consecuencias económicas que tendría la aplicación de la medida:

 1) Todo trabajador y toda trabajadora ganaría poder de negociación frente a su empleador o empleadora, al disponer siempre de un ingreso mínimo que le daría la suficiente libertad para poder rechazar cualquier puesto de trabajo indigno.

 2) Al desvincular el trabajo del ingreso, se sientan las bases para una economía muy diferente a la capitalista, en la cual al mismo tiempo que la extrema explotación se elimina, las relaciones entre agentes económicos se transforman. Muchos han apuntado que ello podría ser el germen que acabe con el sistema económico capitalista.

No obstante, el primer punto es una burda simplificación que oculta los complejos cambios que produciría una RB en el poder de negociación de los trabajadores y trabajadoras, mientras que el segundo, siendo en esencia cierto, podría venir aparejado de importantes problemas que empeorarían más la situación en vez de mejorarla. Pasemos a argumentar estas afirmaciones.

Partamos de la premisa de que la RB se financiaría tal y como sugieren Arcarons, Domènech, Raventós y Torrens[1]: con una reforma fiscal del IRPF, tipo impositivo nominal único del 50% y una asignación mensual en concepto de RB de 625 euros. Si lo comparamos con la presión fiscal del IRPF vigente en 2015[2], nos encontramos con que a todos aquellos contribuyentes que ingresen menos de 1.700 euros brutos mensuales (unos 1.500 euros netos) se verían beneficiados por la implementación de la RB, mientras que aquellos que ingresen 1700 o más dinero se verían perjudicados (ver Tabla 1).


Es evidente que para aquellas personas que no ingresan absolutamente nada la RB tiene un efecto enormemente positivo: en vez de recibir 0 euros pasarían a recibir 625 euros cada mes. Además, puesto que estas personas no trabajan, no se produce ninguna alteración en el mercado laboral. En consecuencia, una RB para aquellos que no ingresan nada sólo depara efectos positivos.

Ahora bien, con las personas que reciben un salario o un ingreso por su trabajo no ocurre lo mismo. De momento ignoraremos los ingresos que no se deriven del trabajo (alquileres, dividendos, intereses, etc) y nos centraremos únicamente en los que emanan del trabajo (asalariados y autónomos, fundamentalmente). 

Como es obvio, al recibir un ingreso fijo independientemente de que se trabaje o no, uno podrá decidir si le merece la pena seguir trabajando o si, por el contrario, le es preferible abandonar ese empleo. Se trata de una decisión personal que tiene un carácter enormemente subjetivo: las situaciones en las que se encuentran los trabajadores y trabajadoras son enormemente diversas, amén de que las personas tienen preferencias muy diferentes entre sí, y lo que haría un individuo en concreto no tiene por qué ser lo mismo que lo que haría otro en la misma situación. 

Es decir, no tenemos forma humana de estimar con precisión qué harían estas personas una vez recibiesen la RB. Pero sí podemos hacernos una idea aproximada: cabe esperar que la decisión de abandonar o no el puesto de trabajo dependa de tres variables que están muy interrelacionadas: 

1) la satisfacción personal que otorgue la realización de las actividades asociadas al empleo en cuestión, 

2) el margen y predisposición que tenga el empleador de aumentar la remuneración con el objetivo de que el trabajador no abandone el empleo, y 

3) cuánto dinero se perdería con la renuncia al puesto de trabajo.

Si la actividad es desagradable y/o sufrida, la persona en cuestión tendrá interés en abandonar el empleo a no ser que la remuneración se eleve tanto que compense llevarla a cabo a pesar de los inconvenientes. Pero, si tenemos en cuenta que la alternativa de no trabajar te garantiza un ingreso mínimo de 625 euros mensuales, y que además te otorga la posibilidad de dedicarte a cualquier otra cosa más agradable (ya sea estudiar, investigar, realizar actividades artísticas, buscar otro empleo, etc), ¿a partir de qué cuantía monetaria una persona aceptaría realizar una actividad que no le satisface y/o costosa?

 ¿Por cuánto dinero extra estaría la gente dispuesta a seguir en un empleo que te obliga a madrugar mucho, trabajar durante numerosas horas diarias, soportar condiciones adversas, realizar un esfuerzo físico y/o psicológico importante, y que no te depara apenas ninguna satisfacción? Es difícil adivinarlo, pero no parece descabellado pensar que prácticamente la única forma de compensar ese esfuerzo en la mayoría de los casos sería si se recibiese al menos el doble de 625: unos 1250 euros mensuales netos aproximadamente, lo cual le supondría al empleador pagar unos 1400 euros[1]

 En este caso es probable que el trabajador aceptase seguir realizando el mismo trabajo que no le agrada. Esto no quiere decir que muchas personas continuarían con sus empleos a pesar de recibir menos dinero, ni que otras lo abandonarían incluso aunque cobraran más de esa cantidad, pero al menos nos sirve para hacernos una idea aproximada.

Pero… ¿Todos los empleadores pueden permitirse el lujo de elevar salarios hasta aproximadamente 1400 euros mensuales? Es evidente que no. Algunos sí podrán, especialmente los pertenecientes a grandes empresas, como por ejemplo las de telecomunicaciones (podrían pagar más a los teleoperadores, por ejemplo[2]) o las grandes superficies (en el caso de cajeros/as, reponedores, etc). 

Pero no ocurriría lo mismo con empresas y negocios más pequeños y menos rentables: establecimientos comerciales, hostelería, explotaciones agrícolas y ganaderas, personal doméstico, transporte, servicios profesionales, servicios de mantenimiento inmobiliario, etc.

Es de sobra conocido que, por ejemplo, hay autónomos y pequeños empresarios que realizan jornadas maratonianas (y que seguiremos considerando no agradables) en sus negocios para terminar ingresando menos de 1250 euros mensuales. ¿Qué pasaría con todos estos negocios si se implantara una RB de 625 euros al mes? 

No parece descabellado imaginar que muchísimos autónomos y asalariados dejarían de realizar sus actividades. No podemos perder de vista que la cantidad de trabajadores que ingresan menos de esa cantidad es muy importante: según la Encuesta de Estructura Salarial que realiza el Instituto Nacional de Estadística, el 44,36% de todos los asalariados ingresaron menos de 1266 euros mensuales en el año 2010. Si buena parte de estas personas decidiesen abandonar sus actividades, ello tendría consecuencias muy importantes, no sólo de forma directa sino también indirecta: esos negocios hoy día compran muchos productos y servicios a otras empresas (provisión de mercancías, contrato de servicios profesionales –fiscales, jurídicos…- etc), de forma que disminuirían también los ingresos y beneficios de todas esas empresas que tenían vínculos con los negocios que desaparecerían por el efecto de la RB, produciéndose así un efecto dominó que acabaría afectando a una buena parte de la estructura empresarial y productiva de la economía española. 

Se ofertarían menos bienes y servicios, y se produciría menos renta y riqueza. Una renta y riqueza que, por cierto, es el origen y la base que financia la RB, ya que el dinero de la RB proviene de los impuestos de las rentas de los que sí trabajan.

Pero hay más. Cuando la oferta de bienes y servicios disminuye (por el efecto recién mencionado) y la capacidad adquisitiva de la población no lo hace sino que incluso aumenta (por el efecto de la RB en las capas de menos recursos), se crean todas las condiciones para que se generen tensiones inflacionistas. 

Es decir, por la ley de la oferta y la demanda, más dinero -o el mismo- que antes dedicado a comprar menos productos y menos servicios que antes tiende a provocar que los vendedores de esos bienes y servicios se vean tentados a aumentar los precios para aprovecharse de esa nueva situación en la que tienen menos competidores. Y no sólo eso: puesto que la reducción en la oferta de esos bienes y servicios se produce únicamente en el territorio español, la única posibilidad de satisfacer toda la demanda será a través de mayores compras de productos extranjeros, lo cual tendría como consecuencia un aumento del déficit comercial y por lo tanto un incremento en el endeudamiento exterior de la economía española. 

En resumen: la aplicación de una RB provocaría muy probablemente un incremento en el ritmo de la inflación y en el –ya elevadísimo– endeudamiento exterior de la economía.

Ahora exploremos qué ocurriría con los puestos de trabajo que no son desagradables y que por lo tanto no serían rechazados por sus ocupantes. Con respecto a aquellos en los cuales la nueva remuneración debido a la RB sería inferior a la actual (a partir de los 1.700 euros brutos mensuales; es decir, los que saldrían perdiendo con una RB), cabe esperar que no ocurriría nada relevante, ya que el aumento en la presión fiscal no sería elevado (en vez de cobrar 1488 euros se pasaría a ingresar 1475; en vez de 2426 se pasaría a ingresar 2125; en vez de 5033, sería 4375, etc; ver Tabla 1). 

Es decir, nada muy diferente a lo que ha ocurrido en muchas ocasiones cuando se han aumentado los tipos del IRPF. En cambio, para aquellas personas que ingresan menos de 1.700 euros brutos mensuales la cosa cambia.

Imaginemos el caso en el que un trabajador o trabajadora, sin intención de abandonar su empleo (ya sea porque está satisfecho/a, o porque le repara perspectiva profesional, o porque no quiere dedicarse a otra cosa, etc), tenga un salario de 900 euros brutos mensuales. En la actualidad, su ingreso limpio sería de 900 euros, y con la RB pasaría a ingresar 1075 euros netos (175 euros más).

 En este caso, el empleador tendría incentivos a pagar menos por salario, ya que aunque le pagase 800 euros en vez de 900, el ingreso final del trabajador sería 1025 gracias a la RB, superior a los 900 que ingresaba antes, de forma que ganaría tanto el empleador como el empleado. Incluso podría bajarle el salario a 600 euros, pues la persona asalariada todavía seguiría recibiendo más dinero que en el caso de no haberse aplicado la RB: 925 euros. Lo mismo puede ocurrir para alguien que cobre más dinero, como 1.300 euros brutos mensuales, ya que aunque el empleador redujese el salario a 1.100, el trabajador acabaría recibiendo más de lo que ingresaba sin la aplicación de la RB (ver Tabla 1).

Es decir, en este tipo de situaciones en las cuales el empleado no tiene interés en abandonar el puesto de trabajo, se corre el riesgo de que los empresarios aprovechen la existencia de la RB para pagar menos por salarios. El dinero que recibe el trabajador ya no sólo sería pagado por el empresario, sino también por el sector público. La consecuencia que esto tendría es que el Estado estaría dando ayudas públicas a estas empresas a través de la RB. 

Y si bien es cierto que sería conveniente que algunas empresas recibiesen ayudas públicas, también es cierto que no ocurre lo mismo con todas. Las subvenciones públicas a empresas deberían darse de forma diferenciada, atendiendo a las particularidades de cada una, y no de forma descontrolada como ocurriría en estos casos debido a la RB. 

En resumen, en este tipo de situaciones no sólo el trabajador no ganaría poder de negociación frente a su empleador, sino que éste acabaría desembolsando menos dinero en concepto de salarios. Es decir, ocurriría precisamente lo contrario de lo que defienden los defensores de la RB.

Que no se le escape al lector que en estos casos los empleadores salen ganando. Y no sólo por el efecto de pagar menos salarios, sino también por el efecto de la RB en el supuesto de que ingresen menos de 1700 euros brutos.

En consecuencia, y teniendo en cuenta los dos efectos mencionados (abandono de los puestos de trabajo desagradables y/o de menor productividad, y ayudas públicas a determinadas empresas) tenemos como resultado final algo que seguramente no busca ningún defensor de la RB: las empresas que no pudiesen incrementar de forma suficiente los salarios desaparecerían (ni que decir tiene que mayoritariamente serían negocios de reducida dimensión) mientras que otras (de las cuales muchas seguramente sí podrían pagar más salarios) serían subvencionadas por el Estado. 

Perjuicio para algunas pequeñas empresas; ayudas para otras que quizás no las necesitan ni merecen. A lo que habría que sumar el negativo impacto macroeconómico sobre la estructura productiva que tendría la desaparición de muchos negocios: menor producción, efecto recesivo, tensiones inflacionistas, déficit comercial, endeudamiento externo, etc.

En efecto, tal y como prevén muchos defensores de la RB, la implementación de la medida cambiaría notablemente las relaciones de los agentes económicos. Pero lo que se ha querido poner de manifiesto aquí es que esos cambios tendrían más efectos perniciosos que beneficiosos sobre la estructura empresarial y productiva de la economía al generar importantes desequilibrios económicos. 

Porque es importante hacerlo notar: la RB se ajusta bastante bien para personas que no reciben ingresos pero muy mal para aquellos trabajadores y trabajadoras que se sitúan en el extremo inferior del mercado laboral al alterar directamente el conflicto capital-trabajo, que es el núcleo de cualquier economía capitalista.

[1] Es importante tener en cuenta que al supuesto de abandonar el puesto de trabajo y pasar a ingresar 625 euros mensuales hay que sumarle la jugosa posibilidad de tener ingresos extra y ocultos al fisco. Es decir, la economía sumergida se plantea como una alternativa muy atractiva cuando ya se parte con una renta suelo de 625 euros a la cual con sumarle unas cantidades no muy elevadas se logra ingresar un volumen de dinero considerable. Se fomentarían así las rentas del alquiler, servicios profesionales y personales de pequeña dimensión, contratos irregulares, etc, que no se declaran a Hacienda con el objetivo de no pagar impuestos. En consecuencia, la RB estaría estimulando el fraude fiscal.

[2] Aunque precisamente en este tipo de empleos, por sus características particulares, se pueden y suelen contratar a personas no residentes en el territorio español porque cobran menos, de forma que si la RB no llegara a estas personas (es de suponer que no), la totalidad de estos empleos serían absorbidos por trabajadores de otros países y por lo tanto los empleadores no aumentarían los salarios.

[1] Arcarons, J., Domènech, A., Raventós, D. y Torrens, L. (2014): “Un modelo de financiación de la Renta Básica para el conjunto del Reino de España: sí, se puede y es racional”, en Sinpermiso, disponible en http://www.sinpermiso.info/textos/index.php?id=7535
[2] Suponiendo en todo momento que el o la contribuyente es soltero o soltera y sin cargas familiares para homogeneizar el cálculo.

No hay comentarios: