"(...) Desde el punto de vista histórico, estamos en una etapa de cambios y
transición del pacto social de la sociedad keynesiana -del pleno empleo
con Estado de bienestar y participación democrática, con una nueva
redistribución de la propiedad, la riqueza y las rentas, así como de la
fiscalidad y del gasto social. En el plano cultural, hay una crisis, más
profunda, de la cultura obrera y de la ética del trabajo.
Las bases de
la ciudadanía, de las instituciones básicas y de los acuerdos colectivos
se están modificando a gran escala. El debate sobre el papel del
trabajo y de la protección social o de la renta básica –RB-, sobre la
correspondencia entre derechos y deberes, hay que situarlo en ese
contexto.
Inicialmente, hay dos opciones extremas. Una, la tradición keynesiana
y moderna, con la pretensión de que el trabajo -como fuente de rentas y
estatus- y el deber cívico, continúen siendo las principales bases de
la sociedad, exigiendo en esa medida los correspondientes derechos para
facilitar la ‘cohesión social’. La universalidad de los derechos
sociales correspondía a una sociedad de pleno empleo, cotizaciones
sociales e integración sociopolítica y nacional.
La segunda opción,
parte del papel poco relevante del empleo, abandonando la ‘centralidad’
del empleo y el marco global de la corresponsabilidad social. En su
forma extrema, señalan el ‘fin del trabajo’ y se desconsidera la
problemática del trabajo y la reproducción social con una nueva
centralidad, una nueva ‘base’ en la distribución –RB- o el consumo.
Ambas, además de economicistas, son unilaterales, por su pretensión
de universalidad, en unas sociedades segmentadas y diversas; a mi
parecer, hay que elaborar un tercer enfoque, más multilateral.
Existen
profundas transformaciones de la sociedad y del empleo y hay que definir
mejor el papel y sentido del trabajo y de los derechos sociales. Eso
conlleva revisar las bases constitutivas de la modernidad y de la
desigualdad socioeconómica y replantear el contrato social, con una
nueva combinación de derechos y deberes.
VAN PARIJS, inspirador de este modelo, propone, como alternativa al
trabajo, una RB como base de la libertad y la ciudadanía,
independientemente del resto de rentas y bienes y dejando en el ámbito
individual, la elección y el comportamiento en el resto de la
problemática económica y social.
El modelo de RB –individual, universal e
incondicional- de la Red Europea de la Renta Básica –BIEN- y sus
defensores en España, se presenta como opuesto al derecho al trabajo y a
los criterios de reciprocidad. Pone el énfasis en una incondicionalidad
total, en la defensa de unos derechos al margen de deberes, planteando
que, en los planos distributivos y éticos, esa filosofía y esa cultura
es superior a cualquier otra.
Considera que la oposición principal se da
entre las rentas salariales y la renta básica, es decir, entre la
población trabajadora y las personas desempleadas –o inactivas-; de ahí
su carácter más antagónico con los salarios –directos o indirectos- por
sus intereses contrapuestos en la distribución de la riqueza, y en la
culturas que conllevan ambas, la cultura del trabajo o la
‘distributiva’. Se ha modificado la clásica oposición capital-trabajo, o
la de minorías pudientes-mayorías desposeídas.
El problema es que con la RB, en el umbral de la pobreza, no se
consigue el objetivo proclamado de la libertad para vivir sin empleo, y
que una mayoría seguiría viéndose forzada a emplearse. Pero, ese modelo
no aborda el problema de las formas y características del acceso de la
población al conjunto de las rentas, a su producción y distribución
equitativa, y deja en manos de cada individuo, la elección de su
preferencia, en materia de empleo y del resto de rentas, al margen de
las constricciones, necesidades y compromisos colectivos.
Por otra parte, es preciso establecer el alcance de esa oposición y
en qué plano se establece. El propio VAN PARIJS admite que la
reciprocidad debe funcionar después del reconocimiento y distribución de
la RB. Otros autores también reconocen la complementariedad del empleo,
pero a posteriori. Según ellos, es fundamental la incondicionalidad de
la RB, la ausencia total de reciprocidad, y una vez aplicada es cuando
se desarrollaría mejor la reciprocidad y la generación de empleo.
Primero, presentan a esa RB como una ‘base’ distributiva, ética y
constitutiva de la sociedad, en oposición radical a la reciprocidad y al
trabajo. Segundo, sólo a partir de esa distribución inicial, de esa
función básica, justifican el mantenimiento y la complementariedad de
esos mecanismos institucionales basados en los demás contratos
–laborales, mercantiles, de propiedad-.
La oposición se plantea en términos radicales en cuanto a ser la
‘base’ inicial, el punto de partida, en el plano material –rentas- y
ético. Pero, en el segundo paso, aparece la incorporación complementaria
y subordinada a esa base inicial, tanto del papel del empleo como de la
cultura de la reciprocidad.
Con lo primero destacan el carácter
alternativo y superior de sus principios, con lo segundo, su ambigüedad
práctica. Para garantizar el primer paso –la RB- se utiliza el Estado
como garantía distributiva pero, a pesar de la complejidad y las
mediaciones sociales, para el resto de problemas económicos y
distributivos, no hay instituciones ni acuerdos sociales ni normas
morales para regular la acción y las responsabilidades colectivas, sino
elección racional de los individuos.
Por mi parte, considero que esa oposición entre trabajo y RB
(incondicional y universal) está mal planteada y expresada en forma
sesgada. Hay elementos contradictorios entre derecho y reparto del
trabajo y renta básica -derechos sociales-; pero, ambos pueden ser
complementarios, no alternativos.
La oposición total se establece entre
aquellos que consideran que sólo hay un elemento -el trabajo o la RB-
exclusivo y central, en la sociedad o el individuo, tanto en la
vertiente material como ética. Ambas posiciones suelen estar
condicionadas por un pensamiento ilustrado fundamentalista, de buscar
una única base o razón explicativa de la sociedad. Igualmente, en el
plano de la cultura, de la filosofía social y de la educación cívica se
debe superar esa dicotomía, de sólo deber –de trabajar- o sólo derecho
–a disfrutar sin trabajar-.
La alternativa no está en situar al empleo o a los deberes por encima
de los derechos universales, ni tampoco en la defensa unilateral de los
derechos; está en la negociación y el establecimiento colectivo de unos
nuevos acuerdos y reequilibrios entre derechos y deberes, con unos
criterios igualitarios y solidarios.
Así, se puede recoger la tradición
universalista de los derechos individuales y colectivos, enmarcarla en
una perspectiva social y contractualista, reconocer la vinculación
social y englobar esa forma distributiva en el marco de un conflicto,
más global, de la creación y reparto de la riqueza.
En el plano colectivo, no se puede obligar que toda la población
trabaje, durante toda su vida, ni tampoco garantizar que nadie lo tenga
que hacer. En la esfera económica, la decisión del nivel de la población
activa ocupada y de las diferentes formas de contribución económica y
participación social, junto a la garantía de unos derechos sociales
universales y una compensación ajustada, debe ser fruto de debate y
acuerdo público, no de imposición unilateral de los poderes económicos y
políticos.
Pero es un problema que desborda la referencia exclusiva a
la elección individual. Una elaboración y gestión participativa y
democrática de los recursos productivos y laborales que la sociedad
necesita, proporcionaría una mayor legitimidad a la hora de distribuir,
de forma equitativa, las tareas de producción y reproducción social, y
supondría una mayor educación solidaria y más capacidad de exigencia
moral y jurídica para exigir esas responsabilidades.
Esta cuestión tampoco se puede resolver de forma individualista, a la
libre opción de cada cual, sino de forma colectiva. La voluntariedad y
la posibilidad de elegir una opción vital, deben contemplar el proceso
de participación pública en la conformación de las diversas
oportunidades. En el plano material, quién y cómo se producen y se
distribuyen los bienes y las rentas, cómo se participa en la ciudadanía y
en la vida colectiva.
Para negociar colectivamente una redistribución
más igualitaria de una renta pública, se debe tener en cuenta el
conjunto de bienes y rentas de la población, conocer sus condiciones
materiales de existencia y establecer sus necesidades para vivir
dignamente.
Ambos aspectos -trabajo y renta pública- son relativos, no esenciales
ni universales, para todas las personas. La participación en el empleo y
en el trabajo, de una parte importante de la población, es
imprescindible para la sociedad. La garantía de unos medios suficientes
para sobrevivir también. Aunque no sean absolutos, tienen un reflejo muy
amplio en la realidad –socialización, cultura, acceso a rentas- y hay
que ver su adecuación, su parcial oposición y su complementariedad.
En definitiva, hay que superar la dicotomía y la oposición
esencialista de ambos elementos; superar la unilateralidad de la
fundamentación en el ‘deber de trabajar’, sin apenas derechos, o en el
derecho a una RB, universal e incondicional, al margen de los deberes
negociados individual y colectivamente.
La solución no está ni en una ni
en otra y su confrontación, bajo esos esquemas, no aporta una buena
solución para la renovación del pensamiento progresista. Se trata de
defender el derecho al trabajo “y” a una renta social –a la protección
social plena-, y conseguir un nuevo equilibrio de derechos y deberes,
adecuado a las nuevas condiciones y necesidades sociales.
Y dada la
importancia de la individualización se requiere una nueva acción
cultural para conformar una conciencia social más solidaria y facilitar
la participación y la voluntariedad. En un plano más general, garantizar
la libertad y la igualdad, reformular las bases y acuerdos e
instituciones constitutivos de la sociedad y, en un plano teórico,
renovar un pensamiento más crítico con respecto a las diferentes
tradiciones." (Antonio Antón – Nueva Tribuna , en Attac España, 23/10/2015)
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