22/9/22

Mujeres Progresistas, asociación vinculada al PSOE, lanza una campaña contra la 'ley trans': "Por qué nos oponemos al proyecto de Ley Trans"

 "POR QUÉ NOS OPONEMOS AL PROYECTO DE “LEY TRANS”

Tras las “leyes trans” autonómicas ya aprobadas y en vigor, el Consejo de Ministros ha aprobado un proyecto de “ley trans” estatal, que ha enviado a las Cortes (29-6-22) ordenando que se tramite por el procedimiento de urgencia.

Nos oponemos a dicho proyecto de ley (así como a las “leyes trans” ya aprobadas,  que deberían derogarse) por los siguientes motivos:

DESPROTEGE A LAS PERSONAS TRANSEXUALES:

El proyecto de ley define “personas trans” como aquellas “cuya identidad sexual no se corresponde con el sexo asignado al nacer” (art. 3, J). A su vez, “identidad sexual” se define como “vivencia interna e individual del sexo tal como cada persona la siente y autodefine” (art. 3, h). Tales “definiciones” vagas y  subjetivas impiden delimitar el sujeto de derecho y atender sus necesidades específicas.

Frente a las personas que manifiestan malestar respecto a su sexo / género, el proyecto de ley impone el llamado “tratamiento afirmativo” (consistente en aceptar el autodiagnóstico del/la paciente que declara tener otra identidad de género). Cualquier otro diagnóstico puede considerarse incluido en los  “métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento, en cualquier forma, destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada” que están prohibidos (art. 17) y comportan  sanciones de hasta 150.000 euros (arts. 75, 4 y 76,3).

En consecuencia, esas personas pierden el derecho a:

a/ una evaluación psicológica (irán directamente a endocrinología o medicina de familia), necesaria para evaluar la presencia e intensidad del malestar (disforia) y detectar comorbilidades concomitantes (ansiedad, depresión, trastornos del espectro autista, o situaciones de abuso, etc) y un diagnóstico diferencial  con otras situaciones que pueden ser parecidas

b/ un apoyo psicológico que aborde las causas del malestar psíquico, que puede tener que ver con problemas diversos, entre ellos: la falta de autoestima, los conflictos con el rol asignado de género, las dificultades que se viven en las relaciones, la búsqueda de la orientación sexual, etc. Además, al imponer dicho  “modelo afirmativo”, el proyecto de ley impide analizar y abordar fenómenos cada vez más frecuentes, como:

a/ la “disforia de género de inicio súbito”, con frecuencia asociada al contagio social (grupos de amigas que se declaran trans a la vez) y el aumento (4.000 % en diez años) de menores de edad, mayoritariamente mujeres, que se declaran trans.

b/ las detransiciones (personas que tras una etapa de tratamiento hormonal y/o cirugías irreversibles, desean volver atrás).

PONE EN PELIGRO A NIÑAS/OS, ADOLESCENTES Y JÓVENES

El “modelo afirmativo” impuesto por el proyecto de ley induce a niñas/os, adolescentes y jóvenes que sienten malestar con su sexo/género a hacer una “transición social” (cambio de nombre, indumentaria, etc), que puede ser seguida de un tratamiento hormonal, y frecuentemente, quirúrgico: amputación de mamas, de genitales, “construcción” de vaginas o penes no funcionales con piel de otras partes del cuerpo, etc., en busca de un “cambio de sexo” biológicamente imposible.

Estos tratamientos y operaciones pueden tener (sobre todo si se llevan a cabo en la adolescencia) secuelas graves e irreversibles: esterilidad, anorgasmia y otras que se conocen mal, debido a que los estudios en púberes y adolescentes tienen aún pocos años de seguimiento.

Es previsible que en unos pocos años  haya (de hecho, ya ha empezado) una oleada de demandas judiciales contra las/os profesionales que aconsejaron, permitieron o realizaron dichos tratamientos.

Conscientes de estos peligros, otros países de nuestro entorno están restringiendo el acceso de menores a estos tratamientos (Finlandia, Suecia) y permitiendo la investigación de miles de casos de menores “trans” para examinar la posible responsabilidad médica (Reino Unido).

PERJUDICA A LAS MUJERES 

VACÍA DE CONTENIDO LA CATEGORÍA LEGAL “SEXO”

El proyecto de ley no se dirige a las personas transexuales, sino a toda la población. Si se aprueba, cualquiera podrá ir al Registro Civil y cambiar su sexo legal, sin requisito alguno (art. 38).

De este modo, convierte la categoría legal “sexo” en algo elegible, arbitrario, vacío, que no significa nada. Introduce una nueva categoría que primará sobre la de sexo: la “identidad sexual”, que define como “vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no  corresponder con el sexo asignado al nacer” (art. 3 h). Todo el edificio jurídico se construye así sobre un concepto subjetivo, acientífico, indefinible e indemostrable.

PONE EN RIESGO LOS ESPACIOS SEGUROS Y DERECHOS ESPECÍFICOS DE LAS MUJERES, Y LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD ENTRE LOS SEXOS

Al permitir que cualquier hombre pueda, sin requisito alguno, ser considerado legalmente mujer, el proyecto de ley pone en peligro los espacios seguros y los derechos (como cuotas paritarias) conquistados por las mujeres. Se abre la puerta a la presencia de varones, incluidos agresores sexuales, en aseos,  vestuarios, equipos deportivos, centros de acogida, cárceles, etc., hasta ahora reservados a mujeres, como ya está sucediendo en otros países.

No se puede alegar que “son muy pocos casos” y “solo utilizará la ley quien la necesite”, ya que no sabemos cuántas “personas trans” existen (es un concepto demasiado  indefinido), ni podemos prever cuántas personas utilizarán la ley ni para qué fines (cambiar su sexo legal será un derecho para cualquier persona, sin motivación ni requisitos, lo que hace imposible distinguir entre “verdaderos trans” y “fraudes”). Además, basta un pequeño número de individuos para alterar los  principios de justicia, juego limpio, seguridad, etc., que afectan a todas las mujeres, así como el concepto mismo de “mujer”.

VUELVE IMPOSIBLES LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD

Las políticas de igualdad entre los sexos serán imposibles si la categoría “mujer” se convierte en algo independiente del sexo biológico y se redefine de tal modo que puede incluir a varones.

Esto impediría, si se aprobara la ley, visibilizar, medir y analizar la desigualdad entre hombres y mujeres. Por ejemplo, si  hombres violadores se autoidentifican como mujeres, sea antes o después del delito, y cuentan como tales en las estadísticas, éstas ya no describirán adecuadamente la realidad, lo que dificultará actuar sobre ella. Otro ejemplo: ¿cómo entender la brecha salarial si no hay ni siquiera una palabra para definir a la  categoría de personas que pueden gestar, parir y amamantar?

LA “LEY TRANS” ES UNA “LEY MORDAZA”

El proyecto de ley (arts. 72 a 77) impone sanciones durísimas (multas de hasta 150.000 euros, cierre de establecimientos, inhabilitación, pérdida de subvenciones...), de carácter administrativo (sin las garantías de un proceso judicial) a conductas definidas en términos amplios y vagos, tales como “negativa a  atender o asistir a quienes hayan sufrido cualquier tipo de discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales” (art. 75, c) o los ya mencionados “métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento” (art. 75, d).

POR QUÉ NOS OPONEMOS A LA IDEOLOGÍA TRANSGENERISTA

Si bien la teoría queer es variada y compleja, lo que está llegando a la sociedad es una versión esquemática y simplificada de ella, a la que llamaremos “ideología transgenerista”.

Es esa ideología lo que queremos criticar, por cuanto está siendo aceptada por la opinión pública y adquiriendo fuerza normativa.

MEZCLA INTERESADAMENTE CONCEPTOS MUY DISTINTOS: L, G, T, B, I...

Al crear las siglas “LGTBIQ”, el transactivismo:

a/ confunde interesadamente conceptos muy distintos: la orientación sexual (lesbianas, gays y bisexuales), la autoidentificación de género (“personas trans”) y dentro de ella, condiciones muy diferentes (mero cambio de nombre, travestismo, operaciones quirúrgicas...) y la anomalía genética (intersexualidad).

b/  amalgama abusivamente su propia causa con la causa, en realidad muy distinta (pero mucho más popular), de la no discriminación de homosexuales y bisexuales.

c/ se apropia de las luchas feministas para desvirtuarlas y desactivarlas.

CELEBRA EL “GÉNERO”, QUE EL FEMINISMO COMBATE

El feminismo utiliza el concepto “género” para analizar las relaciones de poder entre hombres y mujeres y referirse a una estructura social que subordina a las mujeres y al conjunto de roles y estereotipos sexistas que sirven para afianzar y justificar esa subordinación. Para el feminismo, “género” es algo negativo,  que hay que combatir para alcanzar la igualdad.

El transgenerismo da al término “género” un significado positivo y completamente distinto: una “identidad” individual, puramente subjetiva, que no se cuestiona ni se combate, sino que se celebra, con la única condición de que pueda elegirse independientemente del sexo biológico. De este modo el  transgenerismo ataca la línea de flotación de la lucha feminista.

SACRALIZA LOS ESTEREOTIPOS DE GÉNERO Y ES HOMÓFOBA

El transgenerismo niega la definición biológica de los sexos, afirmando que ser mujer u hombre es una misteriosa “identidad” innata. “Mujer es quien se siente mujer”. Pero eso es una definición circular y vacía (si no podemos definir “mujer”, ¿qué se siente quien afirma sentirse mujer?).

En la práctica, lo que  hace el transgenerismo es reafirmar los viejos estereotipos sexistas: si a una niña le gusta el fútbol, prefiere llevar pantalones, es competitiva... es que en realidad es un niño, y si un niño es dulce, le gustan las muñecas y disfrazarse de hada, es que es una niña.

La ideología transgenerista empuja a menores cuyo  comportamiento no se adecúa a los roles de género, y que quizá son homosexuales, a identificarse como personas del otro sexo (por lo tanto, heterosexuales). Proporciona así una “explicación” y una “solución” (homófobas) a la homosexualidad.

DINAMITA EL SUJETO POLÍTICO “MUJERES”

Ser de sexo femenino o masculino comporta unas determinadas vivencias corporales, diferentes para cada sexo, que elaboramos subjetivamente en formas dictadas por la sociedad y la cultura.

A la vez, el sexo biológico (como la raza o la clase social, pero de una forma más neta e invariable en el caso del sexo)  coloca a cada individuo en un determinado lugar de una estructura social. Ser de sexo femenino aboca a consecuencias que van -según el país y la época- desde no llegar a nacer (aborto selectivo), sufrir mutilación genital o ser vendida, de niña, en matrimonio a un hombre mayor, hasta ser víctima de trata para  prostitución, tener que llevar a término un embarazo no deseado, ganar menos que un hombre por el mismo trabajo o asumir el trabajo doméstico y de cuidados con carácter obligatorio y gratuito.

Si “mujer” se convierte en el nombre de un grupo que no tiene definición objetiva (no se puede delimitar en términos  biológicos porque sería una definición “excluyente”), que puede incluir a varones sin más requisito que la voluntad de éstos, que en definitiva no significa nada o incluso desaparece (sustituido por eufemismos como “persona gestante”, “menstruante”, “poseedora de útero”, etc), ¿cómo podemos unir  conceptualmente las distintas formas de la discriminación, que es compartida por todas las mujeres? ¿Cómo podemos visualizar la continuidad histórica y geográfica de esas experiencias, su denominador común? ¿Cómo podemos ser un sujeto político?

AVANZA HACIA EL “TRANSHUMANISMO” QUE MERCANTILIZA LOS CUERPOS DE LAS MUJERES

Al negar la biología, al afirmar que la percepción subjetiva tiene prioridad sobre la realidad material y es capaz de transformarla sin límite, el transgenerismo es un primer paso en la línea del  transhumanismo. Avanza así hacia una sociedad en la que las personas privilegiadas, las que tienen acceso a recursos económicos, médicos, culturales..., podrán -o intentarán- realizar deseos relacionados con el cuerpo utilizando para ello, a modo de almacén de piezas de repuesto, los cuerpos de las personas, en  particular de las mujeres, pobres (mediante la “gestación subrogada”, por ejemplo).

OLVIDA LA IGUALDAD EN NOMBRE DE LA “DIVERSIDAD”

El feminismo acogía la idea de la diversidad en un sentido de “interseccionalidad”, es decir, poniendo el acento en incluir y defender a las mujeres que sufren múltiples opresiones o discriminaciones, dentro del principio de igualdad. El transgenerismo olvida la igualdad en favor de una “diversidad” que en la  práctica, significa:

a/ amalgamar problemáticas muy distintas, que requerirían investigación y medidas específicas:

no tienen los mismos problemas las personas de etnia gitana, las discapacitadas, las migrantes o las lesbianas

b/ soslayar las demandas de igualdad de la mitad de la población, las mujeres (un objetivo político conflictivo y con coste económico), ofreciendo en su lugar la defensa de “identidades diversas”, a menudo de forma acrítica (sin cuestionar las ideas patriarcales y la jerarquía sexual), puramente cosmética y que  reafirma los estereotipos.

OLVIDA LO MATERIAL Y COLECTIVO EN NOMBRE DE LO SUBJETIVO E INDIVIDUAL

Al asumir la ideología transgenerista, gran parte de la izquierda está relegando al olvido las condiciones materiales y colectivas de existencia, y afirmando que lo que importa, lo que realmente existe, son las autopercepciones subjetivas e individuales. En vez de trabajar para mejorar las condiciones de vida de las  mujeres en un plano colectivo, les ofrece la solución ilusoria de elegir ser hombres. La lucha se convierte en individual e individualista, frente a las luchas colectivas que han hecho avanzar los derechos sociales e igualitarios durante décadas.

En la misma línea, esa izquierda defiende deseos en lugar de derechos, olvidando que los deseos en cuestión los ejerce un grupo privilegiado a costa de otro que está en peor situación: el deseo del putero a costa de los derechos de la mujer prostituida, el de los “padres de intención” a costa de los derechos de la mujer que gestará y parirá para ellos, y el de quienes se embarcan en un  “cambio de sexo” a costa de olvidar la lucha por los derechos de las mujeres."              (República, 19/09/22)

 

"La Federación de Mujeres Progresistas, una asociación feminista histórica y siempre vinculada al PSOE, ha iniciado una campaña de movilización contra la aprobación de la 'ley trans', a la que están invitando a otras organizaciones feministas para que suscriban una carta y un argumentario contra este proyecto, y las envíen personalmente a todos los diputados del Congreso.

El motivo de enviarla a todos los parlamentarios es que, como se dice en la misiva, el Gobierno ha pedido que la Comisión de Igualdad tenga la competencia legislativa plena, regulada en el artículo 148 del Reglamento del Congreso, con lo que no todos los partidos políticos estarán representados, ni habrá debate, ni votación final en el Pleno.

“Ambas circunstancias, la tramitación por el procedimiento de urgencia y la competencia legislativa plena para la Comisión son decisiones discrecionales que acortan los plazos de tramitación a la mitad; pero también hurtan información a las y los diputados y evitan el debate parlamentario”, se afirma en la carta.

Por ello, Mujeres Progresistas pide en la carta a los diputados y diputadas “encarecidamente”, “que a través de su representación plena en la Cámara se puedan producir tanto la ronda de consultas con personas expertas, como que el Pleno de la Cámara recabe para sí el debate de enmiendas y la aprobación final del proyecto. Todo ello con el ánimo de que finalmente no se apruebe esta perjudicial Ley”.

Junto a la carta, se adjunta un argumentario de la oposición de esta federación de mujeres al contenido de la 'ley trans' donde explican su “férrea oposición” y advierten de todo lo que implicaría la aprobación de esta normativa.

En concreto, dicen que esta ley “afectará negativamente a los derechos de las mujeres y de la infancia o qué leyes orgánicas quedan en cuestión o pierden su objeto jurídico (Ley de Igualdad, Ley Electoral, Ley de Violencia de Género, etc.)”. En el argumentario se detallan los motivos punto por punto (ver su información adjunta). (...)"                (Manuel Sánchez, República, 19/09/22)

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