"Mucho ha dado que hablar estos días en redes la exclusión del Partido Feminista
de las filas de IU.
Es muy probable que, tal como afirma la
organización, todo se haya hecho atendiendo formalmente a sus normas de
funcionamiento interno. Y es posible también que la expresión de Lidia Falcón,
en general poco amena en la polémica, no haya contribuido a serenar los
ánimos. No parece, sin embargo, que se haya llegado a tan drástica
decisión debido al carácter malhumorado de esta histórica feminista,
sino a causa de su declarada oposición a la llamada “Ley Trans” – un proyecto registrado por Podemos
durante la pasada legislatura y que, en principio, debería tramitarse
en ésta al amparo de la coalición con el PSOE.
Siendo así, y más allá de
sus aspectos anecdóticos, la expulsión constituye ante todo el síntoma
de un problema que afecta al conjunto de la izquierda.
La Proposición de Ley para la “Protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género”
merecería ser objeto de un concienzudo examen.
Ateniéndonos a una
óptica feminista, de izquierdas – o simplemente a criterios de defensa
de derechos humanos y salud pública -, el actual redactado resulta
inaceptable. ¿Por qué? ¿Acaso no es necesaria una ley que dé amparo a
las personas transexuales y a sus derechos frente a violencias y
discriminaciones? Sin lugar a dudas.
Pero no es ése el enfoque del
articulado en cuestión, que antes bien se aprovecha de que el Pisuerga
pasa por Valladolid. El verdadero sentido del proyecto aparece cuando
afirma la voluntad de que prevalezca “el interés superior de las
personas trans menores de dieciocho años, garantizando su identidad
sexual y expresión de género y la no discriminación por tal razón, así
como el libre desarrollo de su personalidad y la integridad física conforme al desarrollo y manifestación de su identidad de género”. (Art.4).
Todo el razonamiento de la proposición bebe de la llamada “teoría queer”
– una corriente de pensamiento surgida en las universidades americanas
al calor del neoliberalismo – que recusa las categorías de hombre o
mujer referidas a su sexo biológico y otorga un carácter determinante al
género – el conjunto de comportamientos y estereotipos atribuidos a uno u otro sexo -, concibiéndolo como una identidad
que fluye y puede intercambiarse.
Se trata de un enfoque acientífico e
idealista, en las antípodas del feminismo, pues éste denuncia la
opresión de las mujeres en razón de su sexo en las sociedades
patriarcales y considera los géneros como roles inducidos desde la
infancia con objeto de perpetuar la dominación masculina.
La teoría queer
podría considerarse un mero divertimento académico… si no asistiésemos a
la inquietante tentativa de pasar de las musas al teatro. Es decir, a
la pretensión de legislar para adecuar los cuerpos a la supuesta “identidad de género”
que una persona pueda percibir en un momento dado de su vida. (El
feminismo quisiera abolir los géneros; la posmodernidad se obstina en
consagrarlos y lleva su normatividad a la tiranía).
La ciencia no tiene respuesta para todo. Hay mucho por aprender en el
campo del desarrollo humano. Lo cierto es que, por razones sin duda
complejas y diversas, hay niños y niñas – y adolescentes – que
atraviesan fases de disconformidad con sus cuerpos, de confusión acerca
de su sexualidad o de sus inclinaciones… La mayoría de esas situaciones y
trastornos, como la disforia de género, se reabsorben tras la pubertad.
¿Debemos propiciar tratamientos hormonales o intervenciones quirúrgicas
– actuaciones agresivas, de carácter irreversible y con graves
consecuencias para la salud – para que los cuerpos se correspondan con
una personalidad en construcción… por no decir en ebullición?
¿No sería acaso más prudente un acompañamiento psicológico? ¿No sería
mejor ayudar a ese menor a sentirse bien consigo mismo hasta que alcance
la madurez necesaria para tomar decisiones de tal transcendencia? Así
lo aconsejan entidades médicas como el Colegio de Pediatras de Estados
Unidos. (Ver en bioeticaweb.com)
Sin embargo, la proposición de ley
prevé que los procesos de transición puedan decidirse de forma autónoma a
partir de los dieciséis años. Y en cuanto a la atención a los menores a
que nos referíamos, bien podría verse proscrita, pues “se prohíbe
el uso de terapias aversivas y de cualquier otro procedimiento que
suponga un intento de conversión, anulación o supresión de la identidad
sentida o de la expresión de género manifestada”. (Art.13).
Y es que todo el texto está atravesado por la idea de la “autodeterminación de género”: cada cual es lo que dice sentirse, sin que pueda requerirse ningún elemento objetivo que lo acredite. Esa autodefinición “no
podrá ser cuestionada, de manera que en ningún momento, proceso o
trámite se exigirá la aportación de medios probatorios. En todo momento
será considerada e interpretada de acuerdo a la manifestación de la
voluntad personal” (Art.5.3).
Por consiguiente, el ejercicio de los derechos de estas personas “no
podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o
psicológico alguno, ni a la previa modificación de la apariencia o
función corporal a través de procedimientos médicos quirúrgicos o de
otra índole…” (Art.6.4)
En otras palabras, si un hombre declara sentirse mujer, debe ser
tomado por tal a todos los efectos. ¿Cuántas disposiciones legales
obtenidas por la lucha de las mujeres para compensar las desigualdades
estructurales o las violencias que se ceban sobre ellas se verían así
afectadas? ¿Podría sostenerse el calificativo de violencia machista… si
el agresor se declara mujer? ¿En qué quedaría la lucha por la paridad?
¿Qué sería del deporte femenino? (“Quedan prohibidos los controles de identidad sexual y/o de género en el ámbito deportivo”
– Art.26). ¿Qué ocurriría con los espacios de privacidad reservados a
las mujeres… o incluso con su más elemental seguridad? Refiriéndose al
régimen penitenciario, dice el artículo 29: “El internamiento en
centros o módulos se realizará respetando la identidad sexual
manifestada y no ateniéndose al sexo asignado al nacer (…), sin
necesidad de presentar informe médico o psicológico que acredite la
condición de trans”.
Por supuesto, es necesario habilitar
dispositivos que protejan a las personas transexuales en el sistema
carcelario. Pero, resulta evidente que aquí se está abriendo la puerta a
situaciones donde sería la integridad de las reclusas la que se viera
amenazada.
¿Es necesario seguir? ¿No nos percatamos del despropósito que supone
semejante proyecto? Pero, más allá de su retirada o su radical enmienda,
hay una reflexión de fondo que se impone. Rosa Cobo acostumbra a decir que “en épocas de cambio, el patriarcado se pregunta cómo debe ser la mujer”.
El crecimiento de la pornografía, la prostitución y los vientres de
alquiler da la pauta de una renovada determinación de sometimiento de
las mujeres, de la mano del capitalismo globalizado. Las ofensivas
culturales que pretenden difuminar a la mujer y erosionar sus avances se
inscriben en ese proceso de redefinición del orden patriarcal.
Entretanto, parece que el cuco ha puesto un huevo en el nido de la
izquierda. Tenemos un problema." (Lluís Rabell, blog, 25/02/2020)
No hay comentarios:
Publicar un comentario