2/6/10

La libertad religiosa del velo islámico

"Decimos: "Marruecos no respeta la libertad religiosa, ¿por qué tenemos que respetarla nosotros?". A eso se responde: en materia de derechos humanos no cabe la reciprocidad. La libertad religiosa, nos guste o no, es un derecho fundamental. No son ilimitados, pero tienen un contenido esencial que debe respetar hasta el Parlamento. Tienen que regularse por ley orgánica y limitarse por ley orgánica. Nada más.

Sólo se puede limitar si atenta contra los derechos fundamentales de los demás o contra el orden público. ¿Atenta el velo de una niña a los derechos fundamentales de los demás? Eso nadie lo dice. ¿Atenta al orden público? La mayor concreción del orden público es el ordenamiento.

P. ¿Y cuando venga una estudiante con burka o con nikab?

R. Ahí el orden público indica que la niña que va al colegio se integre en el sistema educativo, se comunique. Eso no se puede hacer con un burka

P. ¿Erraron el centro de Najwa y la Comunidad de Madrid?

R. Sí. Lo puedo decir porque ya no estoy en el ministerio. Creo que la Comunidad de Madrid vulneró sus derechos fundamentales, básicos. Es muy fuerte que una niña tenga que cambiar de colegio, de amigas y que haya sufrido ese acoso mediático. Con estas actuaciones se incide en el desconocimiento y en los prejuicios.

P. ¿La futura ley de libertad religiosa debería regular los símbolos religiosos en las aulas?

R. No, debería dejar criterios claros sobre el contenido esencial del derecho fundamental y sobre cuál es la posición de un Estado laico ante lo religioso. Según la Constitución tiene dos matices: laico o aconfesional y cooperador con las confesiones. Cualquier Gobierno debe respetar esos matices que hacen nuestro sistema peculiar y modélico. Antes del caso de Najwa, el debate del velo no existía en nuestro país. Se estaba resolviendo de una forma ejemplar, como en Ceuta y Melilla." (El País, ed. Galicia, sociedad, 16/05/2010, p. 42)

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